Institucional
Resulta imposible determinar la fecha exacta de nacimiento del Real club Victoria debido a la carencia de documentos fidedignos.
Algunos cronistas de la época reseñaron en 1907 que en el Puerto de la Luz existía un equipo de fútbol con el nombre Victoria, cuyos componentes jugaban en solares y se reunían en los zaguanes. En 1910 Pepe Gonçalves y un grupo de amigos, entre los que se encontraban, Pepe Prada, Pancho Jorge y Agustín Domínguez fundan el Victoria.
El 8 de julio de 1914 se constituye una comisión gestora formada por D. Alejandro Grau-Bassas, D. Eugenio Fernández, D. Francisco Jorge, D. Francisco Melián, D. Enrique Rancel, D. Jorge Rancel, D. José Navarro y D. Antonio Hernández que redacta los primeros estatutos y reglamentos de la sociedad con el nombre de Sporting Club Victoria. Estos estatutos tenían como fin facilitar a sus socios “toda clase de juego lícitos y de sport, especialmente el foot-ball” y el compromiso social para creación de una escuela nocturna para los pobres del barrio.
El día 5 de febrero de 1923 se elige presidente de Honor del Sporting Club Victoria a Su Majestad Alfonso XIII, dando lugar al nombre actual de “Real Club Victoria”, denominación bajo la cual se constituye una asociación deportiva, cultural y de recreo, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
El 22 de agosto de 1949 los equipos de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria: el Club Deportivo Gran Canaria, el Atlético Club, el Arenas Club, el Real Club Victoria y el Marino Club de Fútbol acordaron la creación de la Unión Deportiva Las Palmas. Para esta histórica gesta los victoristas contribuyeron con la aportación de diez jugadores (Montes, Víctor, Castañares, Yayo, Manolín, Tacoronte, Peña, Vieira, Oramas e Ignacio), las botas, los balones y su entrenador D. Luis Valle.
En 1994, coincidiendo con el centenario del nacimiento de Pepe Gonçalves se produce el hermanamiento con el Newcastle United Football Club.
Muchos victoristas han dejado huella en nuestra historia centenaria. Mr. Speth, ingeniero naval alemán encargado de la construcción de Muelle Grande, presidente del club y socio de honor logró dar empleo a muchos de los jugadores. Vicente López Socas, farmacéutico, colaboró con las aportaciones de medicamentos. Aurelio Montenegro Riobó adquirió el solar en el que se construyó nuestra sede en el Paseo de Las Canteras inaugurada el día 28 de diciembre de 1954 por Virgilio Suárez, presidente del club. Juan Armas Martín, que finales del siglo XX inició las obras de ampliación y Antonio Padrón González y Francisco Medina Montenegro, artífices de las últimas remodelaciones.
En sus más de cien años de historia el Real Club Victoria ha recibido numerosas distinciones y reconocimientos como la Medalla de Oro de Gobierno de Canarias, el Can del Plata del Cabildo de Gran Canaria, la Insignia de Oro y Brillantes de la Unión Deportiva Las Palmas, el Castillo de la Luz de Oro, Insignia de Oro del Real Club Náutico de Gran Canaria, la Granada de Oro de San Juan de Dios y el Premio Fundación Puertos de Las Palmas a su labor sociocultural.
Es objeto del Club la práctica de actividades deportivas, recreativas, el desarrollo de toda clase de manifestaciones culturales-deportivas y artísticas-deportivas, el fomento del turismo, la protección del medio ambiente y la cooperación en obras de carácter benéfico, social y deportivas.
Son fines del Club:
a.- La promoción y práctica, como actividades principales, del fútbol y los deportes de mar.
b.- La promoción y práctica, como actividades secundarias, de cualesquiera otras modalidades deportivas.
Se vigilará especialmente el cumplimiento, en ambas actividades, de los principios del deporte.
c.- Cualesquiera asuntos relacionados con el barrio de La Isleta y sus vecinos, y por extensión de la ciudad, recabando las informaciones precisas, pronunciándose ante quien corresponda, cuando así lo requiera las circunstancias sociales y deportivas.
- Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias.
- Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
- Reglamento de Régimen Disciplinario de la Federación Canaria de Fútbol
- Orden de 2 de octubre de 1980 por la que se aprueba el Reglamento de las Escuelas Deportivas Náuticas. Publicado en el BOE núm. 248, de 15 de octubre de 1980.
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas.
- Reglamento General de uso de las Instalaciones Deportivas del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria – Aprobado en el pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 124, viernes 15 de octubre de 2021.
- 3741 Decreto 116/2018, de 30 de julio, por el que se regulan medidas para la aplicación de las normas e instrucciones para la seguridad humana y para la coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras zonas de baño marítimas de Comunidad Autónoma de Canarias.
- 2420 Decreto 67/2015 de 30 de abril por el que se aprueba el Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centro o establecimientos que puedan dar origen a situaciones de emergencias en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Estatutos aprobados por la Asamblea e inscritos en la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, con fecha 7 de septiembre de 2009, con número de Registro General 575743 y DGAT 14850.
Estatutos aprobados por la Asamblea e inscritos en la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias, con fecha 7 de septiembre de 2009, con número de Registro General 575743 y DGAT 14850.
* Los estatutos están en proceso de revisión y actualización para su adaptación a las nuevas normativas que han entrado en vigor. Los nuevos estatutos serán aprobados en asamblea extraordinaria antes del final del año 2022.
Memoria anual presentada en la Asamblea General del día 25 de abril de 2022.
PROTOCOLO DE TRANSPARENCIA REAL CLUB VICTORIA
1.- Nuestro objetivo: Una entidad transparente
2.- ¿Qué es el protocolo de transparencia?
3.-Objetivos
4.- Principios éticos
5.- Cumplimiento de la Ley de Transparencia, 12/2014 de 26 de diciembre
6.- Portal de transparencia
7.-Procedimiento
7.1 Acceso a la información
7.2 Procedimiento interno sobre elaboración, actualización y publicación de la información de la entidad en internet
NUESTRO OBJETIVO: UNA ENTIDAD TRANSPARENTE
Los ejes fundamentales de toda acción en una entidad privada deben ser la transparencia y el acceso la información.
Si los socios conocen cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se gestionan los fondos públicos recibe el club o cuáles son los criterios de los órganos de gobierno se responde a que demanda nuestra masa social. La transparencia frente a la idea de secreto y reserva de la información refuerza el carácter democrático de nuestra entidad.
- A mayor transparencia y publicidad (publicidad proactiva), menos demanda de información.
- La transparencia genera participación, al existir información y datos fiables aumentará la capacidad de opinión.
- A mayor transparencia habrá una mayor garantía de cumplimiento de las funciones de la entidad.
La exigencia de una cultura de la transparencia debería ser la meta en cualquier entidad privada para lograr una sociedad mejor, más informada, más exigente y más participativa.
El Real club Victoria ha creado y desarrollado el Portal de Transparencia para cumplir con los principios de transparencia y contar con la opinión y propuestas de nuestra masa social y de la ciudadanía.
Se pueden enviar las propuestas y solicitudes de información a la siguiente dirección de correo electrónico: transparencia@realclubvictoria.com
¿QUÉ ES EL PROTOCOLO DE TRANSPARENCIA?
Pretende definir y desarrollar las actuaciones y procedimientos para cumplir la legislación vigente, definir la estrategia de transparencia y dar cumplimiento legal a las medidas establecidas por el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias, a través del protocolo establecido en la Aplicación ITCAnarias, dando respuesta al proceso de evaluación y mejora continua.
OBJETIVOS
- Que el Real Club Victoria sea una entidad transparente.
- Cumplir la Ley Canaria 12/2014 del 26 de diciembre de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
- Tener un Portal de Transparencia accesible y actualizado.
- Cumplir con el mapa de obligaciones de la Ley Canaria de Transparencia.
- Informar a nuestros socios y ciudadanía de la gestión.
- Establecer el procedimiento de información que permita ejercer el derecho de acceso a la información.
- Implantar le procedimiento de elaboración, actualización, mejora, publicación y seguimiento de la información en la web.
- Actualizar la información de forma periódica.
- Publicar toda la información necesaria que fomente la transparencia.
- Mejorar los contenidos publicados par que sean más claros y accesibles.
PRINCIPIOS ÉTICOS
LEGALIDAD: los representantes de la entidad actuarán en el desempeño de sus funciones de acuerdo con los estatutos y el ordenamiento jurídico de aplicación al Real Club Victoria y ajustarán su actividad a los principios éticos y de conducta recogidos en este Protocolo.
- TRANSPARENCIA: Actuarán con transparencia en la gestión de la entidad, de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, adoptando las decisiones en exclusivo beneficio del interés socios y socias.
- IMPARCIALIDAD: respetarán el principio de imparcialidad en su actuación ajeno a todo interés particular.
- RENDICIÓN DE CUENTAS DE LAS ACTUACIONES Y DECISIONES PROPIAS
- IGUALDAD: en el trato sin discriminaciones de ningún tipo en el ejercicio de sus funciones.
- DILIGENCIA: en el cumplimiento de sus obligaciones.
- CALIDAD: Fomentarán la calidad en la prestación de servicios.
- CONDUCTA DIGNA
- HONESTIDAD: Llevando a cabo una gestión económico-financiera eficiente, revelando cualquier conflicto de intereses y observando la ética en su conducta.
CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA 12/2014 DE DICIEMBRE
- Ampliar y reforzar la transparencia de la entidad.
- Regular y garantizar el derecho de acceso a la información: a través del Portal de Transparencia de nuestra página web, www.realclubvictoria.com, cumplimos con la actual Ley Canaria de Transparencia, estableciendo el mapa actual de obligaciones establecidas en la Ley, para entidades privadas. Los socios y la ciudadanía podrán acceder a toda la información pública de esta entidad.
PORTAL DE TRANSPARENCIA (WEB)
El Portal de transparencia www.realclubvictoria.com/transparencia sigue la estructura de la Ley Canaria 12/2014 de 26 de diciembre, en nuestra web se puede encontrar toda la información de nuestra entidad que debe estar sujeta a publicación.
INTITUCIONAL
Historia y denominación
Objeto Social
Normativa aplicable
Estatutos
Memoria de anual
Protocolo de transparencia
ORGANIZATIVA
Organigrama
Junta Directiva
CUENTAS ANUALES
Presupuesto 2021
Balance de situación
Cuenta de pérdidas y ganancias
Estados financieros
Informe Comisión Revisora de Cuentas
CONTRATOS PÚBLICOS Y PRIVADOS
Contratos de servicios
CONVENIOS
Instituto Municipal de Deportes
AYUDAS Y SUBVENCIONES
Escuela de Vela
Sección Fútbol
PROCEDIMIENTO
1 ACCESO A LA INFORMACIÓN
Se podrá acceder a la información de la entidad a través de nuestra página web en portal de transparencia. La web es accesible y la información reutilizable en la medida de los posible. El acceso a la información será directo y el Real Club Victoria estará abierto a solicitudes y sugerencias a través del correo electrónico habilitado transparencia@realclubvictoria.com o por vía telefónica.
La utilización de los documentos publicados que se realice por parte de los usuarios será bajo su propia cuenta y riesgo, siendo su responsabilidad responder ante terceros de los daños que se pudieran derivar. El Real Club Victoria no es responsable del uso de la información que hagan terceros de los documentos o datos extraídos de nuestro portal de transparencia.
2 PROCEDIMIENTO INTERNO SOBRE ELABORCIÓN, ACTUALIZACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL REAL CLUB VICTORIA EN INTERNET
El trabajador/a autorizado por el máximo responsable en transparencia de la entidad, será la persona encargada de recabar la información para la actualización del portal de transparencia.
Con el fin de garantizar el acceso a la información actualizada, el portal de transparencia se actualizará a medida que se vaya generando la información, con una periodicidad máxima de tres meses. Cumpliendo con los requisitos y la estructura establecidos en el mapa de obligaciones de Ley Canaria de Transparencia.
1.- COMPROMISO DEL REAL CLUB VICTORIA
El Real Club Victoria es un club con una gran historia y tradición resultado del trabajo y dedicación de todas las personas que lo integran: directiva, socios numerarios y familiares, personal, proveedores, deportistas, colaboradores y técnicos.
Es imposible que el club mantenga su prestigio en solitario, necesita que todos y cada uno de los miembros que lo componen se rijan por el respeto a la legalidad y rechacen aquellas prácticas contrarias al compromiso ético que se refleja en este documento.
El club se compromete a poner todos los medios necesarios para la protección y seguimiento de una gestión ética y que esta se pueda constatar.
Los principios establecidos en este código ético serán desarrollados a través de protocolos, procedimientos y mecanismos de control en el futuro Documento de Cumplimiento Normativo de Real Club Victoria.
El Real Club Victoria, su presidente, junta directiva y empleados se comprometen expresamente a la protección de la confidencialidad, de los intereses y derechos de todo aquel que presente una denuncia sobre comportamientos o acciones que puedan ser contrarios a la legislación y normativa interna del club.
2.- APLICACIÓN
Este código ético se aplica a todas las personas que tengan relación con el Real Club Victoria: presidente y junta directiva, socios en cualesquiera de su modalidad, deportistas, colaboradores, técnicos, empleados y cualquier persona que actúe en nombre del Real Club Victoria y los terceros que se relacionen con el club.
El Real Club Victoria espera de todas las personas a las que se aplica este código y que mantengan relación con el club que actúen con el pleno respeto a la legalidad, de forma íntegra y con responsabilidad. En caso contrario, ninguno podrá justificar haber actuado en favor de los intereses del club si ha violado este código o cualquier disposición que derive del mismo.
3.- PRINCIPIOS ÉTICOS Y DE ACTUACIÓN
3.1.- TOLERANCIA CERO CON LA CORRUPCIÓN Y EL SOBORNO
Las relaciones comerciales y de negocio que establezca el Real Club Victoria se regirán en todo momento por los principios de legalidad, transparencia, imparcialidad, objetividad e integridad.
Por tanto, está prohibido que todas las personas que tengan cualquier relación con el club e independiente de la posición que ocupen en el Real Club Victoria, traten de influir a través de favores, regalos, ofrecimientos o cualquier otra ventaja.
En las relaciones con las administraciones y autoridades todas las personas que actúen en nombre del Real Club Victoria deberán hacerlo cumpliendo los más altos estándares éticos y normativos. Está prohibido cualquier tipo de ofrecimiento, promesa, aceptación de ventajas o trato de favor no justificado para obtener un beneficio, directo o indirecto para el club o personal.
En ningún caso se pueden justificar prácticas ilícitas en cualquier relación que contradiga este código ético, la legalidad vigente o el Manual Anticorrupción del Real Club Victoria una vez que sea aprobado.
Mostramos nuestro rechazo y repulsa hacia cualquier modalidad de soborno o actuaciones que puedan ser consideradas corruptas. En cualquier caso, sólo se aceptarán obsequios o beneficios de personas del club o terceros cuando:
- El valor sea simbólico o irrelevante.
- No supongan ningún tipo de influencia sobre nuestras actividades.
- No vayan en contra de nuestras obligaciones.
- No deriven en beneficios económicos indebidos o de otra índole.
- No supongan un conflicto de interés.
Está expresamente prohibido aceptar beneficios u obsequios que no cumplan los criterios anteriores. En caso de duda no se aceptarán ni ofertarán obsequios.
En ningún caso se ofrecerá o aceptará de ninguna persona del club o de terceros dinero en efectivo o en alguna forma equivalente.
3.2.- PREVENCIÓN DEL CONFLICTO DE INTERESES
Se prestará atención a las posibles situaciones de conflicto de intereses que pudieran poner en riesgo la objetividad y la responsabilidad de los miembros del club. Se entiende como conflicto de intereses la colisión entre las competencias decisorias o de asesoramiento de las personas involucradas cuando sus intereses privados interfieran en la objetividad ante las decisiones que se adoptan o en la emisión de informes a las personas que han de tomar la decisión y cuando estas entren en conflicto con los intereses del club.
Las principales áreas en las que se puede generar un conflicto de intereses, sin ser exhaustivos y a modo de ejemplo, son las siguientes:
- Relación jerárquica: Ningún superior podrá abusar de su posición de autoridad, coaccionar o influir de forma no debida para aprovechar los servicios de los empleados del club para conseguir sus propósitos personales.
- Contratación con terceros: La contratación con terceros debe atender a criterios objetivos, previa contrastación con otros en las mismas condiciones, garantizando de esta manera la transparencia en cualquier relación comercial.
- Contratación de personal: Las decisiones de contratación de personal deberán ajustarse a criterios de objetividad profesional, experiencia y plena transparencia. En ningún caso deben influir los intereses o relaciones personales.
3.3.- COMPORTAMIENTO PROFESIONAL Y CALIDAD
El Real Club Victoria se compromete a prestar un servicio de calidad a todos sus socios con la máxima profesionalidad, consideración, respeto y calidad de sus empleados, colaboradores y técnicos. Se exige a todo el personal un comportamiento honesto y leal durante su actividad profesional.
3.4.- PRINCIPIOS DE NO DISCRIMINACIÓN, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y NO ACOSO
El Real Club Victoria tiene un firme compromiso con la igualdad de oportunidades, la tolerancia y la lucha contra el racismo y la xenofobia. Compromisos adquiridos desde el momento de su fundación en el año 1910.
Todas las personas recogidas en este código ético deben cumplir escrupulosamente el artículo 14 de la Constitución Española y evitar cualquier conducta discriminatoria con motivo del lugar de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal.
Está expresamente prohibida cualquier actitud que pueda suponer acoso, especialmente el acoso laboral o de índole sexual.
3.5.- PROTECCIÓN DE LOS MENORES DE EDAD
Es un pilar fundamental de nuestro club el respeto a los menores y se exige a todas las personas asociadas, empleados, colaboradores y técnicos un comportamiento, no solo ético, sino especialmente cuidadoso en el trato hacia los menores de edad.
3.6.- RESPETO A LA DIGNIDAD HUMANA
Se condena expresamente cualquier conducta que suponga un trato vejatorio o humillante hacia cualquier persona, especialmente en los supuestos que aprovechen una situación de vulnerabilidad.
3.7.- JUEGO LIMPIO
Se exige un comportamiento, correcto, sincero, respetuoso y leal en el desarrollo de cualquier modalidad deportiva, cumpliendo con el espíritu deportivo, con especial respeto a la normativa deportiva y a todos aquellos que desarrollan sus funciones en este ámbito (deportistas, técnicos, colaboradores, árbitros, aficionados, jueces, organizadores, etc)
3.8.- TRANSPARENCIA ECONÓMICA, FISCAL Y CONTABLE
Mostramos nuestro respeto y compromiso con las exigencias legales que nos sean aplicables y que contribuyan a crear una situación de rigor y transparencia.
Es obligación de los directivos, empleados y proveedores con responsabilidad económico-financieras y de contabilidad emitir los informes financieros con la máxima transparencia y contabilizar apropiadamente, nunca se aceptará la falsedad, la simulación ni el engaño.
Toda la documentación que afecte al Real Club Victoria deberá estar debidamente archivada, ordenada y accesible.
3.9.- PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD
El Real Club Victoria respeta escrupulosamente la intimidad y privacidad de las personas de las que tenga información personal. Nos comprometemos a tratarla cumpliendo todas las exigencias legales, técnicas y organizativas que sean exigibles.
Está expresamente prohibido tratar los datos personales sin la autorización expresa del titular, facilitar el acceso de terceros de modo indebido y divulgar información o documentación de carácter sensible o confidencial.
Estas normas son de obligado cumplimiento para cualquier persona con acceso a estos datos.
3.10.- PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
El Real Club Victoria se encuentra situado en un entorno especialmente sensible y es nuestro compromiso realizar nuestra actividad sobre la base del respeto y la protección al medio ambiente.
3.11.- PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El Real Club Victoria cumple estrictamente la normativa aplicable en cuando regulación y gestión preventiva de riesgos laborales. Se adoptan todas las medidas preventivas que son necesarias para garantizar que el personal pueda desempeñar sus funciones en las debidas condiciones de seguridad y salubridad.
El personal se compromete a observar, en todo momento, las normas referentes a seguridad y salud en el trabajo para prevenir y minimizar los riesgos laborales o de salubridad en el club. Igualmente, el Real Club Victoria velará por el íntegro cumplimiento de la normativa legal aplicable, incluyendo a los terceros proveedores del club.
4.- COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE ESTE CÓDIGO ÉTICO Y LOS PRINCIPIOS ANTICORRUPCIÓN
4.1.- OBLIGACIÓN DE INFORMAR
El personal sujeto al presente Código Ético tiene la obligación expresa de informar de incumplimientos o violaciones de los que tenga conocimiento o sospecha. Esta información siempre debe hacerse de buena fe, de manera honesta y responsable.
4.2.- ÓRGANO DE CONTROL
El órgano de control de este código ético es la Comisión de Garantías, esta comisión es independiente y garantiza la confidencialidad de cualquier comunicación o consulta recibida.
Cualquier persona relacionada con el club que no esté segura de si un tipo de conducta es acorde a la legislación vigente o no cumple las normas éticas internas y ante la dificultad, en algunas ocasiones, de entender la normativa interna y externa podrá ponerse con contacto con esta comisión antes de realizar cualquier comunicación.
Las denuncias podrán dirigirse a la Comisión de Garantías a través de comisiondegarantias@realclubvictoria.com o por escrito en sobre cerrado. Serán gestionadas con la máxima confidencialidad y siempre bajo la garantía del Real Club Victoria de que no habrá ningún tipo de represalia para las personas que expresen una preocupación o informen de una irregularidad de tipo ético o contra la normativa aplicable, siempre que lo hagan de buena fe. Se llevarán a cabo todas las acciones posibles para garantizar la confidencialidad de las opiniones expresadas y los informes recibidos.
4.3.- INCUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO ÉTICO
El incumplimiento de los principios y valores podrá suponer la aplicación de las penas recogidas en el Reglamento de Disciplinario y las medidas legales oportunas, incluyendo el traslado a las autoridades competentes en materia administrativa o penal. En caso de que el incumplimiento hubiera sido cometido por una persona vinculada al club por una relación laboral y entendiendo que esto implica una infracción de la buena fe contractual, se podrán adoptar las medidas disciplinarias previstas en los convenios colectivos y la normativa laboral aplicable.
5.- ENTRADA EN VIGOR
El presente Código Ético entrará en vigor tras su aprobación por la Asamblea General.
CODIGO ETICO Y PPIOS ANTICORRUPCIÓN [DOC]
Actualmente estamos desarrollando el Manual Anticorrupción, una vez terminado será publicado de forma provisional hasta su aprobación.
Información actualizada el día 20 de octubre de 2022